Indemnización por vulneración del Derecho al Honor

Indemnización por vulneración del Derecho al Honor

Indemnización por vulneración del Derecho al Honor al ser incluido en una «lista de morosos» injustamente.

Recientemente he interpuesto demanda contra una importante entidad bancaria toda vez que consideramos vulnerado el derecho al honor de mis representados, ya que la entidad bancaria publicó en una “LISTA DE MOROSOS” injustamente (deuda ya abonada) los datos de mis representados. Es por ello que me parece oportuno destacar la noticia que se publicó en su día en Expansión, pues no son únicamente la personas físicas las que pueden/deben exigir una indemnización económica ante los tribunales por vulneración de su derecho al honor. Las PERSONAS JURÍDICAS también gozan del citado derecho como se reconoce en numerosas sentencias tanto de nuestro Alto Tribunal como del Tribunal Constitucional.

Por otra parte destacar que el Tribunal Supremo tiene establecido que no cabe una indemnización simbólica ante una vulneración del derecho al honor; nuestro cuerpo normativo establece que si se produce una intromisión ilegítima en el derecho al honor procede una indemnización se trata de una presunción iuris et de iure.

En mi opinión resulta más gravosa, si cabe, la publicación de datos erróneos de PERSONAS JURÍDICAS (empresas) ya que sin duda se verá afectada su imagen de solvencia en el mercado y seriedad profesional, dificultando la relación con otras empresas (solicitud de créditos, servicios…).

Las indemnizaciones a las que vienen condenando nuestro tribunales normalmente van desde los 3.000 € hasta los 25.000 €. Los juzgados y tribunales a la hora de cuantificar el importe de la indemnización tienen en cuenta, entre otros aspectos:
– La difusión de los datos.
– El tiempo de publicación.
– El número de entidades que hayan visualizados los datos publicados.
– El perjuicio real sufrido derivado de los datos erróneos publicados.

Generalmente son las grandes sociedades las que cometen este tipo de injustos, pues bien, no deben sentirse indefensos ante este tipo de empresas puesto que ante semejante ilegalidad los tribunales nos darán la razón.

Si sus datos o los de su empresa han sido publicados erróneamente en una “LISTA DE MOROSOS” contacte conmigo, estaré encantado de analizar su asunto y si procede interponer demanda a fin de reclamar la indemnización que en derecho le corresponde.

Noticia: http://www.expansion.com

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