07 Ene GARANTÍA COMPRAVENTA VEHÍCULO A PROFESIONAL
GARANTÍA EN COMPRAVENTA DE VEHÍCULO A PROFESIONAL
Durante el año 2017 más de la mitad de los vehículos de segunda mano han sido adquiridos a profesionales de la automoción.
Cuando compramos un coche, a un profesional, normalmente lo hacemos con la tranquilidad de que al menos durante el tiempo de garantía el vehículo no debe sufrir ninguna avería, situación que encarecería la adquisición del mismo.
En caso de comprar un vehículo a un profesional (autónomo, empresa de compraventa, concesionario…) la norma aplicable es la Ley de Consumidores y Usuarios.
Si la compraventa se produce ente un particular y un profesional disponemos como mínimo de un plazo de garantía de 1 año ampliable a 2 por acuerdo entre las partes.
Existe una previsión legal de que si la avería se produce durante los seis meses posteriores a la compra del vehículo la avería ya estaba presente al tiempo de comprar el vehículo por lo que el vendedor deberá abonar el coste de la reparación, esta presunción admite prueba en contrario.
Para los casos en que se haya reparado el vehículo en período de garantía se da una “extensión legal de la garantía”, en estos casos la reparación tiene un plazo de garantía de 6 meses.
Con un ejemplo lo veremos más claramente, compramos el vehículo A con una garantía de 12 meses, durante el mes 12 el vehículo A presenta una avería en la caja de cambios que es reparada, pues bien esta reparación tiene una garantía “extra” de 6 meses y cualquier avería que se produzca en la caja de cambios durante ese período de tiempo se entenderá que deriva de la primera avería. El legislador establece ésta “extensión de garantía” con la finalidad de evitar reparaciones “chapuceras” que perjudiquen al comprador pues una vez agotado el período de garantía inicial no podría exigir nada al vendedor.
Recientemente, 22 de diciembre de 2017, el despacho ha obtenido una nueva sentencia favorable en un asunto de garantía de vehículos, el Juzgado de Primera Instancia número 14 de Palma de Mallorca nos da la razón en la Sentencia 190/2017, en ésta ocasión un vehículo de alta gama a los 2 meses de su venta presentó una avería en la caja de cambios electrónica que a pesar de ser objeto de varias reparaciones por la casa oficial, una de ellas por cuenta de la vendedora, la avería persistía, la vendedora no quiso hacerse cargo de la importante reparación que precisó el vehículo pues interpretaba que durante el periodo de garantía del vehículo había cumplido con todas sus obligaciones, pues bien el juzgado nos dio la razón y condenó al pago de la reparación y las costas judiciales a la demandada.
Los consumidores tenemos nuestros derechos y debemos ejercerlos ante los tribunales si es preciso, tribunales que nos darán la razón si detrás hay un buen trabajo profesional.
Si ha comprado un vehículo, ha sufrido una avería durante el período de garantía y el vendedor no se quiere hacer cargo no dude en contactar conmigo para conocer cómo actuar.
Sin Comentarios